BECA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN
AÑO 2013
Se beneficiara aproximadamente a 650 alumnos de la comuna de ciudad de Antofagasta, se reabrió hasta el 30 de septiembre.
DESCRIPCION:
Las BECAS MUNICIPALES, es una iniciativa de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, cuyo propósito es ayudar económicamente a jóvenes vulnerables de la comuna que se destaquen en ámbitos como la educación, el deporte y/o cultura e integrar a personas que presentan discapacidad, sin discriminación de género.
El beneficio otorgado consistirá en el aporte de un subsidio económico que permita ayudar a solventar sus gastos en educación, tales como: pago total o parcial del valor del arancel estudiantil, matricula, gastos escolares (útiles, vestuario y calzado, etc.); o potenciar la disciplina desarrollado por el alumno tanto en cultura como deporte. (Indumentaria deportiva, alimentación, formación deportiva y/o cultural, insumos, equipamiento, instrumentos que permitan potenciar al alumno), entre otros.

DIRECCIÓN RESPONSABLE
Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO)
OBJETIVO:
“Apoyo económico a los alumnos antofagastinos de enseñanza media y superior que presenten situación socioeconómica que amerite el beneficio, con el fin de contribuir a su adecuado desempeño, integración y rendimiento estudiantil, deportivo y/o cultural”.
(ARTICULO 1 ) BENEFICIARIOS
Estudiantes de Enseñanza Media hasta los egresados de Enseñanza Superior o equivalentes, que demuestren buen rendimiento académico.
Estudiantes que presenten discapacidad acreditada y que asisten a establecimientos educacionales tradicionales que demuestran buen rendimiento escolar y estudiantes que asisten a escuelas especiales que se destaquen por su asistencia a clases;
Estudiantes que tengan una participación o y/o desempeño destacado en el ámbito deportivo y/o cultural, con un rendimiento académico mínimo, este beneficio es para todos los niveles educacionales (Básica, media y universitarios, todos con nota mínimo un 5.0).
Todos ellos (o la familia de Origen) deberán tener domicilio en la comuna de Antofagasta y presentar una situación que amerite el beneficio, escases de sus recursos y/o vulnerabilidad social.
(Artículo 3) FORMA DE ENTREGAR EL BENEFICIO
La Beca Municipal será entregada en una cuota.
(Artículo 5) REQUISITOS GENERALES
1.- Presentar una situación que amerite el beneficio, escases de sus recursos y/o vulnerabilidad social, de acuerdo a los criterios y variables establecidos en el artículo 30 de la presente Ordenanza.
2.- Tener el postulante domicilio en la comuna de Antofagasta. En el caso de ser Estudiantes que se encuentren cursando estudios fuera de la comuna de Antofagasta, la familia de origen debe tener residencia en la ciudad de Antofagasta.
3.- Estar encuestado por la Ficha de Protección Social, Eliminar incorporar la presentación de Documento que acredite residencia.
4.-No ser beneficiario(a) de alguna otra beca adicional de mantención, ya sea estatal o privada, (incluida Beca Presidente de la República y Beca Indígena)
5.-Que no existan más de tres (eliminar, establecer más de dos) beneficiados por la presente beca en un mismo grupo familiar, en cualquier de sus niveles y/o excepciones (superior, media, personas discapacitadas, deportistas y/o artísticas);
6.- No tener más de 29 años, para postular a la beca, con excepción de los estudiantes de educación superior que postulen a pago de titulo para acceder a examen de grado, que no podrán exceder de los 35 años.
ARTICULO 6: REQUISITOS ESPECIALES
Estudiantes con Discapacidad:
Los estudiantes que presenten discapacidad y asisten a Establecimientos Educacionales Tradicionales, deberán tener promedio de notas igual o superior a 5,0 para el caso de los alumnos de enseñanza media y promedio de notas igual o superior a 4,5 para los de enseñanza superior.
(ARTICULO 7 ) PERIODO DE POSTULACIÓN:
Las postulaciones se realizarán una vez en el año, a contar del 1er día hábil de Agosto hasta el último día hábil del mismo mes.
Resultados: no podrán exceder del último día hábil del mes de Octubre.
COBERTURA DE LA BECA:
A los estudiantes de enseñanza media y discapacitados podrán cubrir gasto de estudio, compra de uniformes, útiles es colares, libros de estudio u otros;
A los estudiantes universitarios, parte del valor del arancel anual de una carrera, examen de grado, memoria, tesis u otro gasto de titulación;
Los estudiantes (media y superior) destacados en actividades deportivas y/o culturales, desarrollo de la disciplina que practica.
ARTICULO 10: FORMACIÓN DE LA COMISION DE EVALUACIÓN
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El Director de Desarrollo Comunitario
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Una asistente social de la DIDECO con responsabilidad funcionaria
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El o la encargada de Becas Municipales
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Una persona designada por la Alcaldesa de la Comuna, que no pertenezca a la Dirección de Desarrollo Comunitario.
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2 Representantes del Concejo Municipal.